Según Ley N° 19.904 se modifica los beneficios de las llamadas “vacaciones fiscales” para extranjeros que adquieran la calidad de residentes fiscales uruguayos.

Según Ley N° 19.904 se modifica los beneficios de las llamadas “vacaciones fiscales” para extranjeros que adquieran la calidad de residentes fiscales uruguayos.

1 octubre, 2020 CONTADURIA, NOTICIAS

Se publico la Ley N° 19.904 la cual ajusta el beneficio conocido como “vacaciones fiscales” para aquellos extranjeros que adquieran en el año la calidad de residente fiscal uruguayo.

La normativa de IRPF daba la opción para aquellos no residentes que adquieran la residencia fiscal en Uruguay a optar por seguir tributando por IRNR para las rentas de rendimiento de capital mobiliario originadas en el exterior. Este beneficio se daba por el año que adquieran la residencia y 5 años más. Esto se traduce en que por dichas rentas no van a tributar impuesto alguno, ya que el IRNR no grava estas rentas. Una vez se cumplan los 5 años, se comenzaba a tributar IRPF a la tasa del 12%.

Esta nueva modificación aumenta los años de 5 a 10 años en caso de realizar la opción, u optar por tributar por esas rentas a la tasa del 7% en vez de la tasa del 12% como se prevé actualmente para el resto de los contribuyentes.

Si bien la presente Ley no lo deja muy claro, entendemos que para el ejercicio fiscal 2020 las personas que adquieran la residencia fiscal podrán optar por esta nueva normativa y no por la conjunción de ambas, seguramente la reglamentación lo dejará más claro.

Quedamos a las órdenes por cualquier duda o consulta.

 

Saludos,

OX – Servicios profesionales

Cr. Mauro Moreira

Cr. Fabián Sosa

 

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