Prevención de accidentes laborales

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Prevención de accidentes laborales

13 octubre, 2022 NOTICIAS 0

A partir del 1° de noviembre 2022, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N°
127/014 y 277/020, aquellas empresas que cuenten con 5 y menos de 50
empleados deberán contar con un Servicio de Seguridad y Salud Ocupacional.
Para constatar que la empresa aplica la normativa mencionada, deberá contratar un
médico especializado en salud ocupacional y otro profesional o técnico que posea
título de Técnico Prevencionista, Tecnólogo en Salud Ocupacional, Tecnólogo
Prevencionista, Licenciado en Seguridad y Salud Ocupacional o Ingeniero
Tecnólogo Prevencionista.
Dicho profesional emitirá un certificado el cual deberá establecer que la empresa se
encuentra amparada a la normativa mencionada.
Dicho certificado para este tipo de empresas deberá expedirse cada 6 meses.
La Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social (IGTSS) será la encargada
de supervisar y controlar el cumplimento de esta disposición, la cual, quedará
habilitada a aplicar las sanciones pecuniarias correspondientes.

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