
Decreto N° 166/022 Libros con MF distinta de Pesos.
El Decreto N° 108/022 estableció que aquellas entidades que tengan moneda
funcional distinta a la moneda nacional, deberán presentar sus estados financieros
en ambas monedas, y así deberá ser aprobado por los socios o accionistas.
Asimismo, establece que a los efectos de la conversión deberá presentarse en
líneas separadas dentro de los respectivos capítulos de patrimonio.
Adicionalmente, establece un nuevo ordenamiento en cómo se debe agrupar los
capítulos que componen el patrimonio de las sociedades.
Esta norma entrará en vigencia a partir de los ejercicios iniciados a partir del 1° de
enero de 2022.
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