NÓMINA DE OMISOS EN DGI
El pasado 25 de febrero, DGI publicó la nómina de contribuyentes omisos y morosos de IVA.
Dicha nómina incluye a contribuyentes que presentan incumplimiento graves y reiterados hacía pagos de IVA, pese a las notificaciones cursadas y las instancias otorgadas por la DGI para regularizar su situación.
La inclusión en esta lista tiene consecuencias relevante:
Para el contribuyente omiso o moros: se le restringe el uso de la constancia de impresión
Para quienes adquieran bienes o servicios de dichos contribuyentes: el IVA incluido en los comprobantes emitidos por estos proveedores no podrá ser deducido como crédito fiscal en la liquidación del impuesto.
Por lo tanto, de ahora en más resulta imprescindible verificar, al momento de contratar con un proveedor, si este se encuentra incluido en dicha nómina. En caso de estarlo, deberá tenerse presente que el IVA correspondiente a las compras realizadas a ese proveedore no será deducible.
Asimismo, cabe señalar que cuando se contrata con este tipo de contribuyentes, sus comprobantes fiscales identifican expresamente esta situación.